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Visor Geográfico: ¿Qué es publicidad exterior visual y dónde se ubica?

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Publicidad Exterior Visual. Foto Alcaldía Mayor de Bogotá
La Secretaría Distrital de Ambiente es la entidad encargada de regular la publicidad exterior visual, además de vigilar el cumplimiento de la normatividad en esta materia con el fin de que no haya contaminación, se afecte a la comunidad o se evada la normatividad ambiental vigente en esta materia. 
 
Este tipo de publicidad es un medio masivo de comunicación diseñado para llamar la atención del público a través de leyendas o elementos visuales de tipo permanente o temporal, fijo o móvil que tengan dibujos, fotografías, letreros o cualquier otra forma de imagen que se haga visible desde las vías de uso público, bien sea peatonales, vehiculares, aéreas, terrestres o acuáticas, y cuyo fin sea comercial, cívico, cultural, político, institucional o informativo.

Publicidad Exterior Visual. Foto SDA
Publicidad Exterior Visual. Foto SDA
 
En varios puntos de la ciudad se encuentran instaladas vallas publicitarias de estructura tubular que buscan mostrar diferentes anuncios en tiempos determinados. Estos elementos publicitarios son vigilados por la Secretaría de Ambiente para evitar la contaminación visual. 
 
En el Visor Geográfico los ciudadanos pueden conocer los lugares de Bogotá en los cuales se encuentran instalados este tipo de elementos. Allí se encuentran datos como el nombre del responsable de la valla, la dirección de su ubicación, la fecha del registro, el número de caras y su respectiva actualización.
 
Cualquier ciudadano puede denunciar casos de este tipo de contaminación a la línea 123 o directamente ante la autoridad ambiental, por medio del correo atencionalciudadano@ambientebogota.gov.co. El llamado es a quienes trabajan o contratan con publicidad se informen sobre la normativa vigente y cumplan lo establecido en ella en materia de publicidad exterior visual y con los requisitos que exige la Secretaría de Ambiente. 
 
 

Normativa: 

Para utilizar estos elementos, se debe cumplir con los requisitos contemplados en los decretos 959 de 2000 y 506 de 2003, entre otras normas.
 

Prohibiciones:

1. Vallas y elementos visuales sin permiso o autorización.  
2. Murales artísticos con marcas comerciales.
3. Pegar afiches en el espacio público.
 
 
 
 


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