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Mesa de Protección y Bienestar animal

Foto SDA
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La Mesa de Protección y Bienestar Animal del Consejo Consultivo de Ambiente, en concordancia con lo establecido por el Decreto Distrital 081 de 2014, Artículo 8, será un espacio de discusión, socialización y retroalimentación con la comunidad, organizaciones sociales, instancias locales y entidades distritales, acerca de las diferentes estrategias e intervenciones en materia de protección y bienestar animal generadas en el Distrito, así como, de la implementación de la Política Distrital de Protección y Bienestar Animal.

Funciones: Son funciones de la Mesa de Protección y Bienestar Animal del Consejo Consultivo de Ambiente las siguientes:

  • Servir de espacio de interlocución para canalizar, las iniciativas en protección y bienestar animal provenientes de la comunidad, organizaciones sociales y entidades distritales. 
  • Proponer estrategias de fortalecimiento a la gestión y control de la protección y bienestar animal, aportando a las posibles soluciones, teniendo como base la Política Distrital de Protección y Bienestar Animal.
  • Promover la participación de los habitantes, usuarios y en general los actores comunitarios, sociales, gremiales y académicos, para la implementación y el seguimiento de la Política Distrital de Protección y Bienestar Animal, a través del respectivo plan de acción.
  • Presentar a través de la Secretaría Técnica de la Mesa, informes, documentos de trabajo y recomendaciones, que surjan las iniciativas, procesos y principales problemáticas de salud ambiental en el Distrito Capital, para que sean elevadas al Consejo Consultivo de Ambiente. 
  • Elaborar el plan de trabajo anual de la Mesa, el cual debe ser concertado con los representantes de ésta.
  • Presentar por medio de la secretaría técnica de la Mesa de Protección y Bienestar Animal, informes, documentos de trabajo y recomendaciones que se surtan sobre las principales problemáticas o iniciativas en torno a la Protección y Bienestar Animal transversales al ambiente para que sean elevadas al Consejo Consultivo de Ambiente. 
  • Las demás que le sean asignadas por el Consejo Consultivo de Ambiente. 
  • Darse su propio reglamento. 
  • Elegir al representante de la Mesa de Protección y Bienestar Animal ante el Consejo Consultivo de Ambiente.

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