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Generadores de residuos hospitalarios deberán contratar un gestor autorizado para su tratamiento

pieza-residuos-hospitalarios-29-noviembre
Pieza SDA
La Secretaría de Ambiente informa a la ciudadanía, en especial a los generadores de residuos hospitalarios y similares, que desde febrero de 2022 deberán contratar directamente los servicios de transporte, aprovechamiento, tratamiento y disposición final con un gestor externo autorizado.
 
A partir del segundo mes de 2022, cada generador será responsable de la cadena de gestión de este tipo de residuos, garantizando así la adecuada disposición para evitar fugas en el transporte hasta la disposición final.
 
La empresa que venía realizando la gestión de residuos hospitalarios de tipo infeccioso o biológico dejará de tener la exclusividad del servicio y desde el 1 de febrero de 2022 habrá libre competencia, como lo establecen los lineamientos nacionales y distritales. Los generadores podrán contratar a cualquiera de los gestores autorizados.
 
En Bogotá, hay más de 47.000 generadores de residuos hospitalarios y similares, por eso, la Secretaría de Ambiente hace un llamado especial para que todas las personas que hacen parte de esta cadena empiecen a conocer las nuevas directrices y cumplan con la normatividad ambiental en esta materia.
 
 
El inadecuado manejo de los residuos hospitalarios y similares puede generar un riesgo para la salud y los ecosistemas, de allí la importancia de hacer un buen tratamiento a lo largo de la cadena de generación, transporte y disposición final. La Secretaría de Ambiente mantendrá las acciones de control y seguimiento sobre los generadores de estos desechos. 
 
Los generadores que requieran contratar estos servicios pueden consultar en el listado de gestores autorizados a nivel nacional en el siguiente enlace: https://rua-respel.ideam.gov.co/respelpr2009/mapa.php. 
 
¿Quiénes son generadores de residuos hospitalarios y similares?
 
Personas naturales o jurídicas que generen, separen, empaquen, recolecten, transporten, almacenen, aprovechen, traten o dispongan finalmente los residuos generados en desarrollo de las actividades relacionadas con:
 
1. Los servicios de salud (clínicas, centros odontológicos), además, de farmacias y droguerías.
2. Bancos de sangre, tejidos y semen.
3. Centros de docencia e investigación con organismos vivos o con cadáveres.
4. Bioterios y laboratorios de biotecnología.
5. Los servicios de tanatopraxia, morgues, necropsias, y exhumaciones.
6. El servicio de lavado de ropa hospitalaria o de esterilización de material quirúrgico.
7. Servicios veterinarios: consultorios, clínicas, laboratorios, centros de zoonosis y zoológicos, tiendas de mascotas, droguerías y peluquerías.
8. Establecimientos destinados al trabajo sexual y otras actividades ligadas.
9. Servicios de estética y cosmetología ornamental tales como: barberías, peluquerías, escuelas de formación en cosmetología, estilistas y manicuristas, salas de belleza y afines.
10. Centros en los que se presten servicios de piercing, pigmentación o tatuajes.
 
Bogotá reverdece con el adecuado manejo de los residuos hospitalarios y peligrosos. 

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