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Indicadores Ambientales

Consejo Distrital de Protección y Bienestar Animal

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Atención de animales en riesgo Foto IDPYBA

Promueve la participación comunitaria de las personas y entidades relacionadas con la protección y bienestar animal, en la formulación de la normatividad y políticas públicas que la rigen; así como la veeduría ciudadana en el seguimiento, manejo y control de recursos asignados a este régimen.

  • Creación: Acuerdo 524 de 2013
  • Reglamentación: Decreto 546 de 2016
  • Presidencia: Subdirección de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento- Instituto Distrital de Protección Y Bienestar Animal
  • Secretaria Técnica: Subdirección de Cultura Ciudadana y Gestión del Conocimiento – IDPYBA
  • Sesiones: bimestral
  • Última sesión: 30 de agosto de 2021

Funciones:

  • Gestionar y canalizar iniciativas provenientes de la comunidad, organizaciones y entidades relacionadas con la protección y el bienestar animal, para su discusión en las sesiones del Consejo Distrital PYBA.
  • Asesorar al Distrito en consultas específicas que en materia de protección y bienestar animal le sean planteadas.
  • Recomendar a la Administración Distrital, en la formulación, construcción e implantación, de políticas y proyectos de gestión integral del hábitat en materia de protección y bienestar animal. Actuar como instancia válida de
    interlocución y consulta ante la administración y las Entidades públicas del orden Local, Distrital, Regional, Nacional e Internacional y ante las Entidades no gubernamentales, en los temas concernientes a la protección y bienestar animal.
  • Elegir representantes ante otras instancias de participación y ante aquellas cuyas regulaciones o estatutos así lo dispongan.
  • Presentar anualmente al Concejo de Bogotá, un informe de gestión y resultados.

Integrantes (delegables):

1.El Alcalde(sa) Mayor
2.Secretario(a)Distrital de Gobierno
3.Secretario(a)Distrital de Ambiente
4.Secretario(a)Distrital de Desarrollo Económico
5.Secretario(a)Distrital de Salud
6.Director(a)del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal – IDPAC
7.Delegado de la Instituto de Protección y Bienestar Animal
8.Un delegado de cada uno los consejos locales
9.Cuatro delegados de las organizaciones, fundaciones, colectivos o grupos que tengan relación con el sector de la protección y bienestar animal

 


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