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¿Conoces los Incentivos tributarios ofrecidos por implementar Fuentes No Convencionales de Energía FNCE?

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La Ley 1715 de 2014 “Por medio de la cual se regula la integración de las energías renovables no convencionales al Sistema Energético Nacional”, beneficia a los equipos, elementos, maquinaria y servicios nacionales o importados que se destinen a la preinversión e inversión, para la producción y utilización de energía a partir de FNCE, así como para la evaluación o medición de los potenciales recursos, los cuales estarán excluidos de IVA.

Los requisitos que deben cumplir quienes deseen implementar las Fuentes No Convencionales de Energía son:

1. Contar con la certificación de beneficio ambiental expedida por la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales – ANLA.

2. Tener el certificado de registro de aval del proyecto, emitidos por la UPME.

Por otra parte, quienes ya se encuentren implementando las FNCE podrán acceder a los siguientes beneficios tributarios:

1. Deducción especial de impuesto de renta.

2. Depreciación acelerada.

3. Exclusión del IVA.

4. Exoneración del gravamen arancelario.


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