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Indicadores Ambientales

49 establecimientos serán sancionados por ruidosos

Como resultado de los operativos de control y seguimiento realizados, la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) identificó 130 establecimientos de comercio, que incumplen la normatividad ambiental en materia de ruido, la cual establece como límite máximo permisible en horario nocturno para zonas comerciales 60 decibeles y 55 en zonas residenciales.

Ante esto y en su ejercicio de autoridad ambiental, la SDA impondrá a 49 establecimientos dedicados a la “rumba”, medidas preventivas de suspensión de fuentes de emisión sonora, por sobrepasar los niveles de ruido permitidos. Así mismo, adelantará procesos sancionatorios a 57 establecimientos que son reiterativos en su incumplimiento o que no iniciaron obras de insonorización.

Además, como estrategia para reducir la contaminación auditiva, la entidad diseñó un plan de intervención que prioriza 4 zonas pertenecientes a las localidades de Chapinero, Teusaquillo y Kennedy, debido a que presentan los niveles de ruido ambiental más altos en la ciudad.

Las zonas priorizadas son:

  • Localidad de Teusaquillo en la calle 53, entre carreras 24 y 28, y la carrera 27, entre las calles 52 y 53.
  • Localidad de Chapinero de las calles 57 a 61, entre las carreras 7ª a la 13; la segunda zona se ubica en las calles 82 a 84 (costado sur), entre carreras 11 y 14.
  • Localidad de Kennedy en la Avenida 1 de Mayo (costado Norte,) entre carrera 69 y Avenida Boyacá.
  • En esas zonas la Secretaría implementará desde el mes de agosto un plan de intervención que abarca los siguientes componentes:

    • Componente social, que busca establecer una relación directa con los actores que intervienen en este conflicto, a fin de garantizar los derechos de la ciudadanía.
    • Componente técnico, donde se realizarán mediciones puntales a todos los establecimientos que hacen parte de las zonas priorizadas, para determinar si cumplen con la normatividad en materia de ruido.
    • Componente de capacitación, para dar a conocer a todos los actores, las alternativas de mitigación para reducir el impacto ambiental generado por el ruido.
    • Adicionalmente, el plan establece las acciones que deben tener los establecimientos para cumplir con la norma ambiental, entre los que se encuentran: estar ubicados en un uso de suelo permitido para su actividad comercial, implementar obras de insonorización, mejorar las condiciones de operación (ubicaciones de parlantes, control de terrazas y usos adecuados de espacios públicos) y generar procesos de autorregulación para evitar los conflictos a causa del ruido.

      “Los establecimientos que no atiendan los requerimientos de la autoridad ambiental serán objeto de procesos sancionatorios ambientales, cuyas sanciones van desde el pago de multas diarias, que ascienden hasta los 5000 SMMLV, hasta el cierre definitivo del establecimiento” apuntó Susana Muhamad, Secretaria Distrital de Ambiente.

      Finalmente, la Secretaría de Ambiente hace un llamado e invita a los gerentes, administradores y propietarios de los establecimientos de “rumba”, para que se vinculen de forma activa y pongan en marcha estas acciones, que permitirán mejorar la calidad de vida de los habitantes de la ciudad.


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