Los pozos de agua subterránea son generados para la extracción este líquido, que se encuentran en el fondo del suelo. De esta manera muchos bogotanos pueden utilizar este recurso para desarrollar sus actividades domésticas, industriales, comerciales y de agricultura.
La Secretaría Distrital de Ambiente (SDA) tiene la obligación de otorgar la concesión de agua subterránea, y a su vez, realizar seguimiento y control de estos pozos para evitar el agotamiento de estas aguas e incumplimiento del permiso otorgado.
El Observatorio Ambiental de Bogotá registra la información del porcentaje de los pozos de agua subterránea con sellamiento definitivo que para el año 2012 corresponde a un total de 190 pozos sellados. Las localidades que contaron con mayor número de sellamientos fueron Suba con 53 pozos, Usaquén con 26 y Fontibón con 20, contrario a Antonio Nariño que reportó 3 pozos inhabilitados totalmente.
El sellado definitivo de pozos de aguas subterráneas se realiza por medio de un acto administrativo de la Secretaría de Ambiente, con el fin de restringir la filtración de sustancias potencialmente contaminantes y que alteren la calidad y sostenibilidad del recurso hídrico en el fondo del suelo. Además, el sellamiento físico y definitivo debe ser adecuado por el propietario del pozo bajo supervisión de funcionarios de la SDA, quienes verifican que las medidas ambientales se lleven a cabo.
Para realizar el procedimiento definitivo de sellamiento de un pozo, se retira el sistema de exploración y la tubería de producción para taponar posteriormente este espacio con grava o gravilla, desde la base del pozo hasta la superficie. Luego se cierra el pozo con un tapón de bentonita y cemento gris mezclado, para que cumpla las características de impermeabilidad e impida el ingreso de sustancias potencialmente contaminantes hacia la parte subterránea.
Finalmente, se funde un sello sanitario en concreto con una malla de hierro; en esta placa de concreto se instala la identificación y el número de resolución del sellamiento.