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Características
Nombre del indicadorResiduos Especiales generados en el Sector Público Distrital
SiglaPIGA-GRE
TemaPlan Institucional de Gestión Ambiental
RecursoSuelo / Gestión
Tipo de indicadorGestión
AmbitoDistrital
Descripción técnicaComo instrumento operativo de Planeación Ambiental, el Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA, a través de sus programas de gestión, desarrolla los objetivos de calidad ambiental y ecoeficiencia del Plan de Gestión Ambiental del Distrito Capital – PGA 2008 – 2038, establecido por del Decreto 456 de 2008. El indicador es definido en el marco del Plan Institucional de Gestión Ambiental – PIGA que implementan las Entidades del Distrito Capital, por medio del Programa Gestión Integral de Residuos.
Semestralmente, las Entidades dan a conocer el tipo de residuo que generan, la actividad por la cual se produce, y la disposición final que se realiza; este último parámetro de acuerdo con las normas e indicaciones de la autoridad ambiental del Distrito.
Según las características del tipo de residuo, deben ser tratados de forma particular, mejorando de esta forma la calidad ambiental en la ciudad al reducir los impactos negativos que puede generar este tipo de material, si no se manipula de forma adecuada. Los residuos especiales no se consideran residuos peligrosos. Un residuo especial se define como aquel residuo voluminoso, que no cuenta con características de peligrosidad, pero que requiere de un manejo específico, como son Residuos de Construcción y Demolición - RCD, Aceite Vegetal Usado – AVU, colchones y llantas, los cuales se miden en Kilogramos (Kg) y tienen las siguientes definiciones:
- RCD: Sustancias u objetos que se generen en los siguientes dos tipos de actividad: - Construcción, rehabilitación, reparación, reforma o demolición de un bien inmueble u obras de ingeniería civil. - Trabajos que modifiquen forma o sustancia de un terreno o subsuelo, como excavaciones, urbanizaciones.
- AVU: Residuo contaminante que puede ser utilizado como materia prima para la producción del Biodiesel. Esto significa que el aceite que utilizamos para cocinar puede convertirse en un combustible. El AVU es un residuo problemático si no se cuenta con un adecuado manejo. Cuando este residuo es vertido por desagües, arrojado a basuras presenta graves consecuencias ambientales: como lo son deficiencia en la depuración de aguas residuales, perdidas de ecosistemas naturales, obstrucción de cañerías, olores ofensivos, proliferación de insectos y roedores.
- Llantas: De carros, camiones, buses, camionetas, entre otros no son consideradas en Colombia como un residuo peligroso, sin embargo, requieren ser devueltas a los productores para favorecer el reciclaje, aprovechamiento como agregado asfáltico o el reencauche, así como evitar que sean quemadas en espacios a cielo abierto y como combustible en actividades informales.
- Colchones: Objeto rectangular que está compuesto por una funda de tela fuerte y un relleno blando o elástico, como espuma, lana, agua o resortes recubiertos de alguna fibra; generalmente se encuentra sobre una cama y sirve para acostarse encima.
Objeto del indicadorEste indicador pretende dar a conocer a la ciudadanía la cantidad (Kg) de residuos especiales generados por las Entidades Públicas Distritales anualmente.
Cálculo del Indicador
Fórmula (expresión matemática del indicador)PIGA-GRE = Colchones+Llantas+Otros Sumatoria de residuos especiales, de acuerdo al tipo de residuo generado.
Variables necesarias para construir el indicadorCódigo | Nombre | Unidad | Descripción |
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Colchones | Colchones | Kg | Kilogramos de colchones generados en el sector público Distrital | Llantas | Llantas | Kg | Kilogramos de llantas generadas en el sector público Distrital | Otros | Otro residuos especiales | Kg | Kilogramos de otros residuos especiales generados en el sector público Distrital |
Unidad del indicadorKg
Frecuencia de toma de datosAnual
Tiempo de rezago180 días
Tipo de Normatividad o Valor de Referencia
A nivel internacional: Descripción |
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- Objetivo 11 “Ciudades y Comunidades Sostenibles”, de los Objetivos de Desarrollo Sostenible. - Compromisos de Colombia con la OCDE: “La definición de las políticas públicas ambientales las cuales requieren de un debate previo entre diversos actores del país”
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A nivel nacional: Descripción |
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- Resolución 472 de 2017: “Por la cual se reglamenta la gestión integral de los residuos generados en las actividades de construcción y demolición – RCD y se dictan otras disposiciones”
- Resolución 316 de 2018 “Por la cual se establecen disposiciones relacionadas con la gestión de los aceites de cocina usados y se dictan otras disposiciones”
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A nivel local: Descripción |
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- Resolución 1188 de 2003 “Por la cual se adopta el manual de normas y procedimientos para la gestión de aceites usados en el Distrito Capital”.
- Manual de normas y procedimientos para la gestión de aceites usados en el DC, de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA).
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Entorno
Cobertura GeográficaDistrito
Area de Recolección de DatosDistrito
EstratoNo estratificable
SectorInstitucional
Información Base
Fuente de DatosEste indicador se calcula a partir de los datos que se obtienen de los informes que las entidades públicas del distrito transmiten cada semestre a través de la herramienta STORM. Las entidades informan las unidades de cada tipo de residuo especial que han generado en ese periodo. La Subdirección de Políticas y Planes Ambientales reporta el indicador distrital de manera anual en el mes Junio, previo análisis y depuración de la información reportada.
Sistema de mediciónMETODOLOGÍA
Etapa 1. Consolidación de la información. Anualmente, en el mes de marzo y abril, se consolidan los datos que han reportado las Entidades Distritales a través del aplicativo STORM, en el que dan a conocer la generación de residuos especiales por tipo en cada una de sus sedes (en este caso llantas, colchones, RCD, AVU y otros). El aplicativo STORM arroja automáticamente la suma de los datos por mes para obtener el total del semestre y la sumatoria de los 2 semestres corresponde al total de residuos especiales generados en el año.
Etapa 2. Depuración de la información. A partir de la información consolidada se evalúa la calidad de los datos y seleccionan las Entidades y sectores que se tendrán en cuenta para el cálculo del indicador por año. Las Entidades que no reporten datos, o que presentan inconsistencias en los mismos, no se incluirán con el fin de no alterar el indicador.
Etapa 3. Cálculo del indicador. Una vez identificadas las Entidades que se tendrán en cuenta, se procede a calcular el indicador por año, discriminándolo por sector. Posteriormente se calcula el indicador para el Distrito.
Etapa 4. Identificar la actividad generadora. Para cada uno de los tipos de residuo, se identifica la actividad o las actividades que lo generan, definiéndolo trasversalmente para el Distrito.
Etapa 5. Definir la gestión del residuo. Para cada tipo de residuo, se precisa la gestión realizada en tratamiento, aprovechamiento o disposición final.
Etapa 6. Gráfica y análisis del indicador. Se procede a graficar y analizar el indicador de forma anual, definiendo el comportamiento en cada Entidad. Se identifican las posibles razones de las tendencias, las Entidades que generan mayor cantidad de residuos especiales y tipo que producen, así como las que generan mayormente una clase de residuo; entre otros aspectos.
Etapa 7. Reporte del indicador. El indicador se reporta al Observatorio Ambiental de Bogotá anualmente, en el mes de marzo y abril por la Subdirección de Políticas y Planes Ambientales.
Adicionales
Fuente bibliográfica
- Base de datos – Informe Verificación corte 30-06-2019 y 31-12-2019 reportado por las Entidades acogidas al PIGA a través de la herramienta Sistematizada STORM; administrada por la Dirección de Planeación y Sistemas de Información Ambiental de la Secretaria Distrital de Ambiente. Normativa aplicable vigente.
- Resolución SDA 472 de 2017, por medio de la cual se reglamenta la gestión integral de residuos generados en las actividades de construcción y demolición RCD y se dictan otras disposiciones
- Resolución MAVT¨(hoy MADS) 1457 del 2010, por la cual se establece los sistemas de recolección selectiva y gestión ambiental de llantas usadas y se adoptan otra disposiciones.
ComentariosLa información tomada como línea base para la publicación del indicador es a partir del 2014 debido a que para este año se realizaron los ajustes a los formularios para el reporte de información de las Entidades del Distrito dada la expedición de la Resolución 242 de 2014.
LimitacionesLa incertidumbre que se asocia al cálculo del indicador se debe a errores en el reporte de los datos a través de la herramienta sistematizada STORM, o a que no se realice la verificación de la información antes de efectuar el envío por parte de la entidad.
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