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Política para el Manejo de suelo de Protección en el D.C.

¿Qué es?

La Política para el Manejo de Suelo de Protección en el D.C. es el instrumento que orienta, de manera clara, el manejo sobre cada una de las áreas que componen el suelo de protección del Distrito Capital, en el marco de las competencias legales e institucionales. 

¿Cómo se adopta?

La política el Manejo de suelo de Protección en el D.C se adopta mediante el Decreto 462 de 2008.

Consulta aquí el Decreto 462 de 2008

Objetivo

Consolidar la gestión sobre la protección de suelo, como parte integral del ordenamiento territorial del Distrito Capital, en todos los tipos de suelo, a las formas más convenientes para el cumplimiento de sus funciones, asegurando su apropiación colectiva.

Resumen de la Política 

El Plan de Ordenamiento Territorial no ahonda en la definición de competencias institucionales para el suelo de protección, lo que unido a la problemática que se presenta, dada especialmente por la ocupación ilegal por construcción de viviendas, dificulta una gestión eficiente sobre el mismo.

Por ello resulta necesario elaborar una Política que oriente, de manera clara, el manejo sobre cada una de las áreas que componen el suelo de protección del Distrito Capital, en el marco de las competencias legales e institucionales, así como definir las principales acciones y los responsables para cumplir con los objetivos que trace dicha Política.

La Política busca hacer un llamado de atención al público en general y a las instituciones sobre una de las categorías de suelo menor atendida y comprendida por todos los bogotanos, pero sobre la cual descansa la sostenibilidad de varios de los procesos económicos, políticos, sociales y ambientales y sin la cual no sería posible el desarrollo futuro de la ciudad.

Los planteamientos de la Política se fundamentan en el Plan de Ordenamiento Territorial -POT- y en el Plan de Desarrollo Distrital, donde  se prevé la ejecución de la presente Política.

Las estrategias presentadas por la política se orientan en la identificación e investigación de las áreas del suelo de protección, en relacionar las divisiones administrativas del uso del suelo de Bogotá, que se define por el POT para el suelo de protección, junto con el alinderamiento que registra cartográficamente los linderos, así como el amojonamiento en el terreno en el caso en que no correspondan a límites arcifinios. Con los criterios de balance, integración, conectividad, amortiguación, aislamiento y protección para la localización y delimitación de los elementos constitutivos del suelo de protección.

Otra estrategia de la política de protección de suelo es el manejo del suelo de protección en los bordes urbanos que cuenta con lineamientos de concertación regional de continuidad del suelo de protección, el desarrollo conceptual y normativo para la adecuación del manejo de suelo de protección, la vinculación activa de la población local y los sectores privados locales junto con los ajustes del régimen de usos y la planificación del suelo de protección.

 Plan de acción

La Política para el Manejo de Suelo de Protección, no cuenta como tal con un plan de acción. Sin embargo, dentro del documento de la política, se logra evidenciar dentro de la estructura programática: 10 Líneas de acción y 154 acciones, junto con  las entidades responsables de la implementación de dicha política.

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