La Mesa de Trabajo de Salud Ambiental del Consejo Consultivo de Ambiente, en concordancia con lo establecido por el Decreto Distrital 081 de 2014, artículo 8º, será un espacio de discusión, socialización y retroalimentación con la comunidad, organizaciones sociales, instancias locales y entidades distritales, acerca de las diferentes estrategias e intervenciones en materia de salud ambiental generadas en el Distrito, así como, de la implementación de la Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá D.C.
Son funciones de la Mesa de Trabajo de Salud Ambiental del Consejo Consultivo de Ambiente las siguientes:
- Servir de espacio de interlocución para canalizar, las iniciativas en salud ambiental provenientes de la comunidad, organizaciones sociales y entidades distritales.
- Proponer estrategias de fortalecimiento a la gestión y control de la salud ambiental, aportando a las posibles soluciones, teniendo como base la Política Pública Distrital de Salud Ambiental.
- Promover la participación de los habitantes, usuarios y en general de los actores comunitarios, sociales, gremiales y académicos, para la implementación y el seguimiento de la Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá D.C., a través de los respectivos planes de acción.
- Evaluar y hacer seguimiento a la implementación de la Política Distrital de Salud Ambiental para Bogotá D.C., a través de los respectivos planes de acción.
- Presentar a través de la secretaría técnica de la Mesa, informes, documentos de trabajo y recomendaciones, que surjan de las iniciativas, procesos, y principales problemáticas de salud ambiental en el Distrito Capital, para que sean elevadas al Consejo Consultivo de Ambiente.
- Elaborar el plan de trabajo anual de la Mesa, el cual debe ser concertado con los representantes de ésta.
- Las demás que le sean asignadas por el Consejo Consultivo de Ambiente.
- Darse su propio reglamento.