· Según el Banco Mundial, en Colombia se explotan, transportan y comercializan cerca 1,5 millones de metros cúbicos de madera ilegal.
· Se estima que el 52% del territorio nacional mantiene una cobertura vegetal.
Con el objetivo de garantizar un uso adecuado del recurso forestal, la Alcaldía de Bogotá a través de la Secretaría Distrital de Ambiente firmó con más de 100 empresarios la Alianza Intersectorial por la Madera legal en la capital.
La iniciativa busca que la madera que se aproveche, transporte, transforme, almacene y se comercialice en Bogotá venga exclusivamente de fuentes legales y su proceso productivo esté amparado bajo las normas establecidas que garanticen la sostenibilidad del recurso forestal.
En Bogotá se concentra la mayor parte de esta actividad económica en el país, por tal motivo la Secretaría de Ambiente implementa este tipo de estrategias que buscan frenar y prevenir el tráfico ilegal de maderas. Asimismo, desarrolla actividades de evaluación, control y seguimiento sobre las empresas que elaboran productos maderables para la construcción, industria del mueble, elaboración de pisos, carpinterías y accesorios.
Más de 3.000 industrias forestales han registrado el libro de operaciones, lo que le permite a la autoridad ambiental hacer un seguimiento detallado de la cadena productiva. La mayor concentración de este tipo de empresas se encuentra en las localidades de Engativá, Suba, Barrios Unidos y Usaquén.
Con la nueva firma de esta alianza las empresas forestales se comprometieron a mantener el registro en el libro de operaciones ante la autoridad competente, reportar los movimientos de la madera, su origen, y mantener al día sus salvoconductos de movilización con el fin de darle trazabilidad y legalidad a su actividad.
La Secretaría Distrital de Ambiente recuerda que la extracción, movilización y comercialización ilegal de madera acarrean sanciones administrativas que van desde el decomiso definitivo de especímenes, productos, medios e implementos y multas diarias hasta por 5.000 SMMLV.
Igualmente, el Código Penal establece prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho meses de prisión y multas de hasta treinta y cinco mil (35.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes para quien se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticas de la biodiversidad colombiana.