En la ciudad se generan a diario residuos de construcción y demolición – RCD, que son los que se derivan de las actividades de excavación, reparaciones locativas, construcción o demolición en obras civiles o similares.
Estos residuos se deben disponer de una manera especial, ya que, de no hacerlo, pueden terminar en los diversos ecosistemas de la Estructura Ecológica Principal, contaminando el suelo, el agua, el aire y también afectar el paisaje y el espacio público.
Para esto hay gestores, autorizados por la Secretaría de Ambiente, que hacen la adecuada disposición en puntos especializados. Allí se les puede tratar, para darles aprovechamiento (reutilizar para hacer abonos químicos, material para vías o construcción), o disposición final cuando ya no se pueden volver a usar.
Los puntos de disposición se pueden conocer en el Visor Geográfico. Estos deben cumplir con toda la normatividad ambiental vigente y realizar reportes mensuales de la cantidad de residuos que reciben y disponen.
En el visor se puede conocer la ubicación exacta, el nombre, la capacidad proyectada y la categoría, que puede ser las siguientes:
- Recuperadores específicos: realizan actividades de aprovechamiento de RCD diferentes a los pétreos (roca, arena y piedra, entre otros) y tierras de excavación, que solo pueden almacenar, acopiar y clasificar el material autorizado.
- Centros de tratamiento y/o aprovechamiento: sitios en donde se realizan actividades de separación, clasificación, tratamiento y almacenamiento temporal de los RCD, implementando las medidas ambientales para la producción de materiales de construcción.
- Sitio de disposición final de RCD: lugar autorizado por la autoridad ambiental competente para recibir el material residual y todo aquel RCD de origen pétreo (roca, piedra o peñasco) que por sus características físicas no pudo ser objeto de aprovechamiento.
Hay que tener en cuenta que una remodelación, reparación locativa u otro tipo de obra en donde se genere menos de 1 metro cúbico mensual de RCD y sea considerado como pequeño generador, puede opcionalmente contactar a la empresa de aseo del área para que haga la recolección.
Si la cantidad de RCD generado por la obra supera el metro cúbico mensual, esta se debe registrar obligatoriamente como gran generador ante la Secretaría de Ambiente y hacer la entrega en puntos autorizados y cumplir con la normatividad ambiental vigente.
La ciudadanía puede consultar el Visor Geográfico y aprender de diversos temas de la Estructura Ecológica Principal de Bogotá.
Con información del portal SDA