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Indicadores Ambientales

Polí­tica para el Manejo del Suelo de Protección en el Distrito Capital

Título del documento Polí­tica para el Manejo del Suelo de Protección en el Distrito Capital
Subtitulo Proteger para un Mejor Futuro
Idioma del documento
Autor Bogotá . Alcaldí­a Mayor
Fecha del documento diciembre de
Entidad
Tipo de contenido del documento
  • Politica
Resumen:

La Ley 388 de 1997, en su artículo 35, señala que el suelo de protección es el “constituido
por las zonas y áreas de terrenos localizados dentro de cualquiera de las anteriores
clases, que por sus características geográficas, paisajistas o ambientales, o por formar
parte de las zonas de utilidad pública para la ubicación de infraestructuras para la
provisión de servicios públicos domiciliarios o de las áreas de amenazas, y riesgo no
mitigable para la localización de asentamientos humanos, tiene restringida la posibilidad
de urbanizarse”. Cuando la ley habla de “las anteriores clases”, se refiere al suelo
urbano, rural y de expansión urbana.

Edición:
Ecosistemas

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Anexo:
Descriptores geográficos
Ciudad Bogotá
Ciudad Bogotá
Recurso
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